Capitulaciones para la entrega de Granada

Capitulaciones para la entrega de Granada

De Wikipedia, la enciclopedia libre

Capitulación de Granada por Padilla: Boabdil frente a Fernando e Isabel
Capitulación de Granada por Padilla: Boabdil frente a Fernando e Isabel

Las Capitulaciones para la entrega de Granada, a veces conocido como el Tratado de Granada, fue firmado y ratificado el 25 de noviembre de 1491 ente el rey de Granada Abú `Abd Allah Muhammad Boabdil el Chico y los Reyes Católicos; a la sazón monarcas de Castilla, León, Aragón y Sicilia.

Por el tratado se renunciaba a la soberanía mora del Reino de Granada (fundado varios siglos antes) a favor de los monarcas cristianos. El tratado garantizaba una serie de derechos a los moros, incluida la tolerancia religiosa y su justo tratamiento en compensación por una rendición incondicional y capitulación.

[editar] Términos

La capitulación de 1492 contenía 77 articulos. Entre las condiciones otorgadas por don Fernando y doña Isabel al capitular con los moros granadinos destacan las siguientes:

  • El rey de Granada y los alcaides entregarán la fortaleza de la Alhambra y todas las otras fortalezas, torres y puertas de la ciudad de Granada y del Albaicín
  • Todos los moros se entregarán libre y espontáneamente, y cumplirán como buenos y leales vasallos con sus reyes y señores naturales. No se les obligará a convertirse al catolicismo y no podrán ser molestados por sus costumbres. No podrán ser enrolados en el ejército contra su voluntad.
  • El día que el rey entregase las fortalezas y torres, los Reyes Católicos le devolverían a su hijo con todos los rehenes, y sus mujeres y criados, excepto los que se hubieren vuelto cristianos.
  • Los moros serán juzgados en sus leyes y causas por su derecho tradicional, con parecer de sus cadís y jueces, que permanecerán en su puesto sin son respetados por el pueblo y leales. El jurado estará compuesto de un cadí y un juez cristiano. No se permitirá, sin embargo, que las culpas y delitos pasen de padres a hijos.
  • Se permite a los moros llevar armas, exepto pólvora, que deben entregar a las autoridades.
  • Los moros son libres de vender o arrendar sus propiedades y viajar a la Berbería si así lo desean sin que se les confisquen sus bienes, garantizando los cristianos que la travesía sería segura, durante tres años. Pasado este tiempo, deben avisar a las autoridades con cincuenta días de antelación y mediante el pago de un ducado. Este derecho es recíproco para los habitantes de la Berbería.
  • Los moros no estaban obligados a llevar marca distintiva alguna, al contrario que los judíos, para siempre.
  • Los antiguos habitantes de Granada están exentos de impuestos durante tres años. Los tributos serán los habituales según la ley nazarí. Podrán comerciar en todo el reino sin pagar ningún portazgo especial.
  • Todos los cautivos cristianos de la ciudad serán entregados a las autoridades castellanas y liberados, a no ser que fuera vendido antes de la capitulación, como condición para el vasallaje.
  • Todos los funcionarios y empleados de la administración nazarí, desde el rey hasta los siervos, pasando por los alcaides, cadís, meftís, caudillos, alguaciles y escuderos serán bien tratados y recibirán un sueldo justo por su trabajo. Se respetará sus libertades y costumbres.
  • Los cristianos tienen prohibido entrar en las mezquitas, y los judíos no pueden ser recaudadores ni tener bajo su mando ni a cristianos ni a moros. Así mismo, se respetan las limosnas de las mezquitas, que serán administradas por los alfaquíes.
  • Amnistía e indulto general para todos los prisioneros de Granada, incluidos los que se escaparon de las cárceles cristianas y se refugiaron en la ciudad, excepto si son canarios o negros. Esta amnistía se extiende también a los prisioneros de guerra.

[editar] Consecuencias del tratado

Bajo estas condiciones quedaron los Reyes Católicos dueños de la ciudad de Granada, por cuyas puertas salió para no volver jamás el rey Boabdil el mismo día que entró triunfante el ejército cristiano.

A pesar del talante tolerante del tratado, lo que había prolongado las guerras entre los cristianos y los moros por espacio de varios siglos era el entusiasmo religioso; unos y otros habían batallado por hacer triunfar en el suelo de España sus respectivas creencias y no era por tanto de esperar que aquella gente vencida conservase mucho tiempo la libertad de ejercer la religión de Mahoma.

Casi un siglo después, durante el reinado Felipe II, sucedió la rebelión de los moriscos, los descendientes de los moros del reino de Granada que consintieron en vivir como vasallos de los Reyes Católicos por no abandonar aquella tierra, se levantaron en armas contra los cristianos en 1557. Esto llevaría a la expulsión de los moriscos, más adelante, en 1609.

[editar] Enlaces externos

Wikisource


El contenido de esta página (o parte de ella) fue extraído de wikipedia y puede redistribuirse libremente bajo la licencia de documentación libre GNU
 
¿Sabías que Albert Einstein (Físico y matématico de origen alemán. 1.879 - 1.955) dijo...?
Lo más incomprensible del Universo, es que sea comprensible.